Secretario GENERAL

 

 

El 1° de enero de 2007, el Sr. Ban Ki-moon, de la República de Corea se convirtió en el octavo Secretario General de las Naciones Unidas, aportando a su cargo 37 años de experiencia al servicio del Gobierno de su país y en la escena mundial.

Aspectos más destacados de su carrera

En el momento de ser elegido Secretario General, el Sr. Ban ocupaba el cargo de Ministro de Relaciones Exteriores y Comercio de la República de Corea. Durante sus largos años de servicio en el Ministerio tuvo destinos en Nueva Delhi, Washington y Viena y se ocupó de diversas carteras; se desempeñó como Asesor del Presidente en cuestiones de política exterior, como Asesor Principal del Presidente en cuestiones de seguridad nacional, como Viceministro de Planificación de Políticas y como Director General de Asuntos Americanos. A lo largo de su carrera le guió la visión de una península de Corea pacífica que cumpliera un papel cada vez más importante en pro de la paz y la prosperidad en la región y en el mundo.

El Sr. Ban ha mantenido vínculos con las Naciones Unidas desde 1975, año en que trabajó en la División de las Naciones Unidas del Ministerio de Relaciones Exteriores de su país. Su labor se amplió a lo largo de los años; desempeñó los cargos de Primer Secretario de la Misión Permanente de la República de Corea ante las Naciones Unidas en Nueva York, de Director de la División de las Naciones Unidas en la sede del Ministerio en Seúl y de Embajador en Viena, en cuya oportunidad ocupó, en 1999, el cargo de Presidente de la Comisión Preparatoria de la Organización del Tratado de Prohibición Completa de los Ensayos Nucleares. En 2001-2002, como Jefe de Gabinete del Presidente de la Asamblea General en el período de sesiones que la República de Corea ocupó la Presidencia de la Asamblea, facilitó la rápida aprobación de la primera resolución de ese período de sesiones, por la cual se condenaron los ataques terroristas del 11 de septiembre, y tomó varias iniciativas tendientes a fortalecer el funcionamiento de la Asamblea. De ese modo contribuyó a que en un período de sesiones que había comenzado en medio de un ambiente de crisis y confusión, se aprobaran importantes reformas.

El Sr. Ban también se ha ocupado activamente de cuestiones relativas a las relaciones entre las dos Coreas. En 1992, como Asesor Especial del Ministerio de Relaciones Exteriores, se desempeñó como Vicepresidente de la Comisión Conjunta Sur-Norte para el Control de las Armas Nucleares, tras la aprobación de la histórica Declaración Conjunta sobre la desnuclearización de la península de Corea. En septiembre de 2005, en su calidad de Ministro de Relaciones Exteriores, desempeñó un papel destacado en la concertación de otro acuerdo histórico encaminado a promover la paz y la estabilidad en la península de Corea, al aprobarse en las conversaciones de las seis partes la Declaración Conjunta sobre la solución de la cuestión nuclear en Corea del Norte.

Educación

El Sr. Ban obtuvo el título de bachiller en relaciones internacionales en la Universidad Nacional de Seúl en 1970. En 1985 obtuvo una maestría en administración pública en la Kennedy School of Government, de la Universidad de Harvard. En julio de 2008, el Sr. Ban fue investido doctor Honoris Causa por la Universidad Nacional de Seúl.

Premios y distinciones

El Sr. Ban ha recibido numerosos premios, medallas y distinciones nacionales e internacionales. En 1975, 1986 y nuevamente en 2006, recibió la Orden del Mérito, la máxima distinción de la República de Corea, por los servicios prestados a su país. En abril de 2008, le concedieron la “Grand-Croix de L’Ordre National” (Gran Cruz Orden Nacional) de Burkina Faso y en el mismo mes fue investido “Grand Officier de L'Ordre National” (Magnífico Oficial de la orden nacional) del gobierno de Côte d’Ivoire

Datos personales

El Sr. Ban nació el 13 de junio de 1944. Está casado con la Sra. Yoo (Ban) Soon-taek, a quien conoció en la escuela secundaria en 1962.Tienen un hijo y dos hijas. El Sr. Ban habla además de coreano, inglés y francés

Los Secretarios Generales anteriores

La Carta estipula que el Secretario General será nombrado por la Asamblea General a recomendación del Consejo de Seguridad. Los predecesores del Sr. Ban Ki-moon fueron: Kofi Annan, de Ghana, desde enero de 1997 hasta diciembre de 2006; Boutros Boutros-Ghali, de Egipto, desde enero de 1992 hasta diciembre de 1996; Javier Pérez de Cuéllar, del Perú, desde enero de 1982 hasta diciembre de 1991; Kurt Waldheim, de Austria, desde enero 1972 hasta diciembre de 1981; U Thant, de Birmania (hoy Myanmar), desde noviembre de 1961 cuando fue nombrado Secretario General en funciones (su designación oficial como Secretario General se produjo en noviembre de 1962) hasta diciembre de 1971; Dag Hammarskjöld, de Suecia, desde abril de 1953 hasta su fallecimiento en un accidente de aviación en África en septiembre de 1961, y Trygve Lie, de Noruega, desde febrero de 1946 hasta su dimisión en noviembre de 1952.

Kofi A. Annan (Ghana)

Período a cargo: 1997-2006

 

Boutros Boutros-Ghali (Egipto)

Período a cargo: 1992-1996

Javier Pérez de Cuéllar (Perú)

Período a cargo: 1982-1991

Kurt Waldheim (Austria)

Período a cargo: 1972-1981

U Thant (Myanmar)

Período a cargo: 1961-1971

Dag Hammarskjöld (Suecia)

Período a cargo: 1953-1961

 

Trygve Lie (Noruega)

Período a cargo: 1946-1945

 

 

Fuente: Página Oficial de las Naciones Unidas

CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA

La Corte Internacional de Justicia (también llamada CIJ o Tribunal Internacional de Justicia) es el principal órgano judicial de las Naciones Unidas. Fue establecida en 1945, en La Haya, Países Bajos siendo la continuadora, a partir de 1946, de la Corte Permanente de Justicia Internacional.

Sus funciones principales son resolver por medio de sentencias las disputas que le sometan los Estados (procedimiento contencioso) y emitir dictámenes u opiniones consultivas para dar respuesta a cualquier cuestión jurídica que le sea planteada por la Asamblea General o el Consejo de Seguridad, o por las agencias especializadas que hayan sido autorizadas por la Asamblea General de acuerdo con la Carta de las Naciones Unidas (procedimiento consultivo). El Estatuto de la Corte Internacional de Justicia forma parte integral de dicha Carta, situada en su capítulo XXV. En virtud del artículo 30 del Estatuto, la Corte adoptó el 14 de abril de 1978 un Reglamento mediante el cual se determinó la manera de ejercer sus funciones y, en particular, sus reglas de procedimiento.

Los idiomas oficiales de la Corte son el francés y el inglés.

Pueden recurrir a la Corte, en materia contenciosa, todos los Estados que sean parte en su Estatuto, lo que incluye automáticamente a todos los Miembros de las Naciones Unidas. Un Estado que no sea Miembro de las Naciones Unidas puede llegar a ser parte en el Estatuto de la Corte en las condiciones que en cada caso determine la Asamblea General, por recomendación del Consejo de Seguridad. Nauru es el único Estado no Miembro que es parte en el Estatuto. Otros Estados, no Miembros de las Naciones Unidas y no partes en el Estatuto, pueden encomendarle casos en las condiciones que establezca el Consejo de Seguridad según la Resolución 9 del 15 de octubre de 1946. Además, el Consejo puede recomendar que un litigio se remita a la Corte.

Tanto la Asamblea General como el Consejo de Seguridad pueden solicitar una opinión consultiva de la Corte sobre cualquier cuestión jurídica. Otros órganos de las Naciones Unidas y los organismos especializados, con autorización de la Asamblea General, pueden solicitar opiniones consultivas sobre cuestiones jurídicas que correspondan al ámbito de sus actividades.

Ninguna persona individual, física o jurídica, podrá recurrir a la Corte, ni en la vía contenciosa ni en la consultiva.

Solamente los Estados pueden ser parte en los asuntos contenciosos planteados a la Corte Internacional de Justicia. La jurisdicción de la Corte está limitada a los asuntos en los que ambas partes han sometido su disputa a la Corte. Cada parte debe cumplir las obligaciones que le incumban como consecuencia del juicio emitido por la Corte, el Consejo de Seguridad puede ser invitado a "hacer recomendaciones o decidir sobre medidas" si así lo estima pertinente.

La Corte está integrada por 15 magistrados elegidos por la Asamblea General y el Consejo de Seguridad, en votaciones independientes. Se los elige por sus méritos y no por su nacionalidad, y se intenta que estén representados en la Corte los principales sistemas jurídicos del mundo. No puede haber dos magistrados que sean nacionales de un mismo Estado. Los magistrados cumplen mandatos de nueve años y pueden ser reelegidos. No pueden dedicarse a ninguna otra ocupación mientras dure su mandato. No pueden tampoco participar en la decisión de ningún asunto en que hayan intervenido anteriormente como agentes, consejeros o abogados de cualquiera de las partes, o como miembros de un tribunal nacional o internacional o de una comisión investigadora, o en cualquier otra calidad. Un tercio de la Corte es elegido cada tres años. Cada uno de los cinco miembros permanentes del Consejo de Seguridad (Francia, el Reino Unido, la República Popular de China, Rusia y los Estados Unidos) tiene siempre un juez en la Corte Mundial.

La elección se realiza a través de un régimen de doble escrutinio. Para que una persona sea elegida para integrar la Corte, es necesario que haya contado con una mayoría absoluta de votos en la Asamblea General de las Naciones Unidas y en el Consejo de Seguridad.

LIGAS DE INTERÉS:

CONSEJO DE SEGURIDAD

El Consejo de Seguridad (CS) es el órgano supranacional en el que los Estados miembros de la Organización de las Naciones Unidas han depositado la responsabilidad primordial de mantener la paz y la seguridad internacionales.

Sus resoluciones son obligatorias para los 193 países miembros de la Organización.

El Consejo está compuesto por quince miembros: cinco permanentes (China, Francia, la Federación de Rusia, el Reino Unido y Estados Unidos de América) y diez elegidos por la Asamblea General por un periodo de dos años, sin reelección inmediata.

Los miembros no-permanentes son elegidos con base en criterios geográficos: África elige 3 miembros, Latinoamérica y el Caribe, al igual que Asia y Europa Occidental (incluyendo a Canadá y los Estados Unidos) eligen a 2 cada uno, mientras Europa Oriental elige 1. Cada año se renuevan 5 de los 10 miembros no-permanentes.

Las decisiones del Consejo deben contar con un mínimo de nueve votos a favor sin voto en contra de alguno de los 5 miembros permanentes, en virtud del comúnmente denominado “derecho de veto” del que gozan.

El Consejo de Seguridad puede adoptar medidas para investigar cualquier situación susceptible de ser una amenaza a la paz, recomendar medidas para el arreglo pacífico de las controversias, autorizar misiones de asistencia humanitaria, imponer sanciones de todo tipo para modificar la conducta de un Estado y disponer el envío de fuerzas de imposición o mantenimiento de paz.

El CS ejerce una influencia considerable en la conducción de la política mundial que afecta, de manera creciente, la vida de todos los Estados a través de un cada vez mayor papel legislativo y judicial.

A diferencia de otros órganos de la ONU que emiten recomendaciones a los gobiernos, las decisiones del Consejo de Seguridad son obligatorias para todos los países, de acuerdo a lo estipulado por la Carta de las Naciones Unidas.

A partir del final de la guerra fría y de manera creciente, las resoluciones del Consejo obligan a todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas a modificar sus legislaciones nacionales para adaptarlas a sus obligaciones internacionales; a restringir su comercio internacional; a congelar activos de individuos acusados de participar en actos terroristas; y; por supuesto, autoriza el uso de la fuerza para imponer a un Estado el respeto del derecho internacional.

MEMBRESÍA

Miembros Permanentes:

  • Federación Rusa
  • República Popular China
  • Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte
  • Francia
  • Estados Unidos de América

 

 

Miembros No Permanentes:

1 de enero de 2011 – 31 de diciembre de 2012

País

Bloque regional

Embajador permanente

Colombia

América Latina y el Caribe

Néstor Osorio Londoño

Alemania

Europa occidental y otros

Peter Wittig

India

Asia

Hardeep Singh Puri

Portugal

Europa occidental y otros

Luca Espinola

Sudáfrica

África

Baso Sangqu

 

 

1 de enero de 2012 – 31 de diciembre de 2013

País

Bloque regional

Embajador permanente

Azerbaiyán

Europa oriental

Agshin Mehdiyev

Guatemala

América Latina y el Caribe

Gert Rosenthal

Marruecos

África

Mohammed Loulichki

Pakistán

Asia

Abdullah Hussain Haroon

Togo

África

Kodjo Menan

 

LIGAS DE INTERÉS:

CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL

El Consejo Económico y Social (ECOSOC) de la Organización de las Naciones Unidas asiste a la Asamblea General en promocionar la cooperación y desarrollo económico y social internacional.

En virtud de la Carta de las Naciones Unidas, el Consejo Económico y Social se ocupa de promover niveles de vida más elevados, el pleno empleo, y el progreso económico y social; de identificar soluciones para los problemas de salud, económicos y sociales en el plano internacional; de facilitar la cooperación en el orden cultural y educativo; y de fomentar el respeto universal de los derechos humanos y las libertades fundamentales. El alcance del Consejo Económico y Social abarca más del 70% de los

El ECOSOC es el encargado de coordinar la labor de los 15 organismos especializados, de las 10 comisiones orgánicas y de las 5 comisiones regionales de la ONU; recibe informes de 11 fondos y programas de la organización; y emite recomendaciones de política dirigidas al sistema de las Naciones Unidas y a los estados miembros. Para desempeñar su mandato, el Consejo Económico y Social consulta con representantes de los sectores académico y empresarial y con más de 2.100 organizaciones no gubernamentales registradas.

El Consejo celebra en julio de cada año un período de sesiones sustantivo de cuatro semanas de duración, un año en Nueva York y otro en Ginebra. El período de sesiones incluye una serie de sesiones de alto nivel, en la que los ministros de los gobiernos nacionales y los jefes de organismos internacionales y otros altos funcionarios centran su atención en un tema determinado de importancia mundial.

En los últimos años, el Consejo Económico y Social ha adoptado un papel rector en las esferas de política fundamentales. En su serie de sesiones de alto nivel de 1999 publicó un Manifiesto sobre la pobreza, que en muchos aspectos fue el precursor de la formulación de los Objetivos de Desarrollo del Milenio aprobados en Nueva York en la Cumbre del Milenio. La Declaración Ministerial de la serie de sesiones de alto nivel de 2000 propuso la adopción de medidas concretas para tratar de colmar la brecha digital, cuyo resultado directo fue el establecimiento en 2001 del Grupo de tareas de las Naciones unidas sobre la tecnología de la información y las comunicaciones [TIC]. El año 2002, al haberse abordado la cuestión del desarrollo de África en el Consejo Económico y Social, la Nueva Alianza para el Desarrollo de África (NEPAD), por primera vez recibió en forma oficial el apoyo de la comunidad internacional.

La Asamblea General elige a los 54 miembros del Consejo por períodos escalonados de tres años. La designación de los miembros del Consejo se basa en la representación geográfica: 14 miembros de Estados de África; 11 miembros de Estados de Asia; 6 miembros de Estados de Europa oriental; 10 miembros de Estados de América Latina y el Caribe y 13 miembros de Estados de Europa occidental y otros Estados. Anteriormente estuvo compuesto de 18 miembros (1945), posteriormente 27 (1965) y su actual número (54 en 1971). Los miembros son elegidos por periodos de 3 años.

LIGAS DE INTERÉS:

 

 

ASAMBLEA GENERAL

 

La Asamblea General de la Organización de la Naciones Unidas (AGONU) es el principal órgano deliberante y está formada por todos los Estados Miembros. A diferencia de las decisiones del Consejo de Seguridad, las resoluciones que emite la AG son recomendaciones; es decir, no son obligatorias para los Estados.

La Asamblea trabaja mediante una agenda que es aprobada por los Estados Miembros. Los periodos de sesiones comienzan en septiembre, por lo que al inicio de cada periodo anual, se lleva a cabo el debate general en donde se presentan los proyectos y posiciones de cada uno de los miembros. Generalmente, el debate general se celebra a nivel de Jefes de Estado o de Gobierno, aunque también pueden ser representados a nivel de Ministros de Asuntos Exteriores o Representantes Permanentes ante Naciones Unidas (Embajadores). De igual forma, cada año los Estados Miembros eligen al Presidente de la  Asamblea. México fungió como presidente de la Sexta AGONU en 1951 en la persona de Luis Padilla Nervo y ha ocupado la vicepresidencia de la Asamblea General en 8 ocasiones en los siguientes periodos:

El resto de la información que concierne a los rubros dentro de “México en la ONU”  será presentada de la misma manera que esta página.

Los rubros que corresponden a otras Misiones no tendrán información, sólo llevarán a los vínculos correspondientes.